Divorcio y pareja de hecho ¿Por qué Hacienda no os trata igual en el IRPF?

14/06/2025

Cuando una relación termina, lo último que uno quiere es enfrentarse a más papeleo. Pero Hacienda, como siempre, tiene algo que decir.

Cuando una relación termina, lo último que uno quiere es enfrentarse a más papeleo. Pero Hacienda, como siempre, tiene algo que decir.

Especialmente si compartiste una vivienda, firmaste una hipoteca o, sencillamente, seguiste pagando letras mientras el amor se iba por la ventana.

Y aquí viene la pregunta del millón (de euros):¿Es lo mismo, a ojos de Hacienda, un divorcio que una ruptura de pareja de hecho?

No.

Pero los tribunales están empezando a decir que debería serlo.

La deducción por inversión en vivienda habitual tras el divorcio

Te has divorciado, te has mudado, estás rehaciendo tu vida… pero sigues pagando religiosamente la hipoteca de la que fue vuestra casa familiar. Esa misma donde ahora viven tus hijos con tu expareja.

Y tú, que ya no pisas ni el descansillo, te preguntas: “¿Esto todavía me cuenta como mi vivienda habitual?”

Pues sí. Aunque suene a contradicción, para Hacienda esa vivienda puede seguir siendo tu “habitual”.

Al menos sobre el papel. Y eso, querido propietario, tiene premio.

📌 ¿Por qué? 

Porque la Ley del IRPF, en su artículo 68.1.1º (sí, eso que nadie se ha leído salvo tu asesor fiscal y ahora tú), dice que puedes seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual aunque ya no vivas allí, siempre que se cumplan tres condiciones muy concretas:

  1. Sigas pagando la hipoteca (si te has librado de esto, enhorabuena… pero ya no te interesa esta deducción).
  2. Que la vivienda sea el hogar habitual de tus hijos y tu expareja.
  3. Que haya habido matrimonio (las parejas de hecho tienen una historia distinta, que también contaremos... pero no es esta).

¿Cuánto puedes ahorrar?

Si todavía estás pagando hipoteca, esta deducción puede suponer miles de euros a lo largo de los años.

Este “beneficio” sigue aplicándose aunque la deducción como tal se eliminó en 2013 para nuevos compradores. Pero tú, que ya la venías aplicando antes y te divorciaste después, puedes seguir beneficiándote gracias al régimen transitorio.

Como diría el notario de turno: “Adquiriste el derecho… y eso ya no te lo quita ni el cuñado que dice que en Hacienda ‘te van a crujir’”.

¿Y si vendo la casa después del divorcio?

Otro punto interesante: si decides vender esa vivienda más adelante, es posible que la ganancia patrimonial esté exenta de tributar.

¿Cómo?

Muy simple:

  • Si reinviertes el dinero en una nueva vivienda habitual.
  • O si tienes más de 65 años.
  • Y sí, aunque no hayas vivido físicamente en la casa durante los últimos tres años.

📍 Hacienda entiende que el divorcio justifica que hayas tenido que dejar de vivir allí, por lo que no se rompe el requisito de residencia habitual.

Es decir, por una vez, el drama emocional se traduce en una ventaja fiscal.

Vamos a ver un ejemplo para que quede más claro:

Carlos y Marta compraron un piso en 2011. Les costó 180.000 € y tienen una hipoteca conjunta que pagan a medias: cada uno abona 500 €/mes.

En 2019 se separan. Marta se queda viviendo en el piso con los hijos, y Carlos se va a un piso de alquiler… pero sigue pagando su parte de la hipoteca.

¿Puede Carlos seguir deduciéndose lo que paga? Sí.

Cada año, Carlos paga 6.000 € (500 € x 12 meses) por su parte del préstamo.Y Hacienda le permite deducirse hasta un 15 % de lo pagado, con un máximo de 1.356 € anuales.

Resultado: Carlos se resta 900 €, 1.200 €, o el máximo de 1.356 €, dependiendo de su base y lo que haya pagado en su declaración. Cada año.

Aunque la casa ya no sea su hogar, Hacienda la sigue considerando su “vivienda habitual” a efectos fiscales.

Y si no hubo boda… lo sentimos

Aquí empieza lo divertido (por no decir injusto): si rompiste con tu pareja pero no estabais casados (pareja de hecho ), Hacienda ya no es tan simpática.

  • ¿Sigues pagando la hipoteca?
  • ¿Viven allí tus hijos con el otro progenitor?
  • ¿Estás en la misma situación que alguien divorciado?

Da igual. Para Hacienda, si no hubo matrimonio, no hay derecho a aplicar la deducción ni a exenciones fiscales. Fin.

Una especie de “Como no tenías los papeles en regla, ahora pagas el pato”.

Los tribunales están empezando a decir lo contrario

Por suerte, algunos tribunales han decidido poner algo de cordura en esta historia:

📌 El TSJ de Asturias (febrero 2025) ha dicho que este trato desigual no tiene sentido.📌 El TSJ de Galicia ya lo había defendido en 2022.📌 Y Madrid lleva años diciéndolo: la clave es proteger a los hijos, no si sus padres estaban o no casados.

Según estas sentencias, lo que importa es:

  • Que haya hijos en común
  • Que uno de los progenitores se quede en la vivienda
  • Que el otro siga pagando la hipoteca

Si eso se cumple, debería poder aplicarse la deducción por vivienda habitual, aunque no haya acta matrimonial.

Y lo mismo con la exención por la venta de la vivienda habitual: si dejaste de vivir allí por esa ruptura y la casa siguió siendo el hogar de tus hijos, no deberías perder el beneficio fiscal.

¿Y entonces, qué puedes hacer si no has aplicado estas deducciones?

Si estás en esa situación en la que sigues pagando la hipoteca de la que fue tu vivienda familiar, pero por no haber estado casado o por no conocer bien la normativa, no aplicaste ninguna deducción en tu declaración de la renta, no todo está perdido.

De hecho, hay opciones que puedes valorar seriamente:

🔍 Puedes solicitar una rectificación de tu declaración si crees que tienes derecho a aplicar una deducción o exención y no lo hiciste en su momento.

🧾 También puedes pedir la devolución de ingresos indebidos, si Hacienda te cobró de más.

Y si la Administración no lo admite (algo que, seamos sinceros, puede pasar), puedes acudir a los tribunales, sobre todo ahora que hay sentencias favorables que equiparan a las parejas de hecho con los matrimonios en estos supuestos.

Eso sí: si se trata de declaraciones de 2020 o 2021, conviene actuar cuanto antes, porque están a punto de prescribir y luego no habrá marcha atrás.

En estos casos, lo más recomendable es contar con un buen asesor fiscal que entienda bien cómo aplicar esta normativa y cómo presentar la reclamación correctamente.

En Vivalta, sabemos que el asesoramiento experto marca la diferencia, así que trabajamos mano a mano con Unigrup Asesores, un equipo con mucha experiencia en fiscalidad inmobiliaria y gestión de IRPF.

Te lo recomendamos de primera mano. Y si les escribes o llamas diciendo que vas de parte de Vivalta, te atenderán con todo el detalle y el mimo que necesitas.P.D.

Si pagas una hipoteca pero ya no vives en la vivienda…

Si tus hijos siguen allí con tu expareja…

Y si no sabes si puedes deducirte algo o no…

No te quedes con la duda.

 Consulta con quien sabe y revisa bien tu caso.

Y si además estás valorando vender esa vivienda, llámanos en Vivalta.

Te ayudamos a tomar decisiones con calma, bien asesorado… y sin dejarte ni un euro por el camino.

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